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Déficit del 5% en energía elécttrica para usuarios de todo el país 

Como consecuencia, más de 635 mil usuarios no reciben el servicio de energía en condiciones de calidad y continuidad adecuada.

Déficit del 5% en energía elécttrica para usuarios de todo el país 

El 5% de los usuarios de energía eléctrica en Colombia, es decir, más de 635 mil usuarios, no reciben hoy un servicio de energía eléctrica de calidad en los términos y condiciones definidas por la regulación. Así lo reveló la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios), al dar a conocer el listado de empresas que no han ingresado al Esquema de Incentivos y/o Compensaciones establecido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) a través de la resolución 097 de 2008, que define los parámetros mínimos de calidad para la distribución de energía eléctrica en el país.

La Dirección Técnica de Gestión de Energía de la Delegada de Energía y Gas Combustible, informó que los prestadores del servicio público de energía eléctrica que cubren regiones como Arauca, Huila, Putumayo, Guaviare, Casanare, Caquetá y Valle del Cauca, no habrían realizado las inversiones necesarias para registrar y reportar al Sistema Único de Información (SUI), la calidad del servicio con el nivel de detalle y precisión requerido, por lo tanto, se desconoce la situación real de la calidad del servicio prestado a sus usuarios, en particular, los indicadores relacionados con las interrupciones en la prestación del servicio.

Entre las empresas que a la fecha no han migrado al esquema de calidad y que la Superservicios abrió una actuación administrativa, se encuentran: la Electrificadora del Huila S.A. ESP (Electrohuila S.A E.S.P); la Empresa de Energía del Valle de Sibundoy S.A., ESP (Emevasi S.A. E.S.P); la Empresa de Energía del Putumayo S.A., E.S.P; la Empresa de Energía del Bajo Putumayo S.A., ESP; la Empresa de Energía de Arauca (Enelar E.S.P); la Empresa de Energía del Casanare S.A., ESP (Enerca); Empresa de Energía Eléctrica del Departamento del Guaviare S.A. ESP (Energuaviare); las Empresas Municipales de Cartago ESP (Emcartago E.S.P); y la Empresa Municipal de Energía Eléctrica S.A. ESP (EMEESA) en el departamento del Cauca.

Prestadoras como Enerca, Energuaviare, Emcartago y la Empresa Municipal de Servicios Públicos de Cartagena del Chairá (Emserpucar), a la fecha cuentan con un programa de mejoramiento para implementar el esquema en los términos establecidos por la regulación vigente.

Estas empresas que a hoy no han terminado de realizar las inversiones necesarias para mejorar su gestión en las redes eléctricas y la calidad del servicio prestado, en el nuevo marco tarifario (resolución CREG 015 de 2018), podrán llegar a ver afectadas sus tarifas de forma importante, debido a que deberán pagar a sus usuarios las compensaciones más severas que podría llegar a pagar un operador de red en el país.

Requisitos

Según la Delegada de Energía y Gas Combustible de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, los principales requisitos que deben cumplir las empresas distribuidoras de energía para la aplicación del esquema de incentivos y compensaciones se encuentran: la vinculación de usuarios a transformadores y circuitos.

Así mismo, se debe disponer e implementar un Sistema de Gestión de Distribución, el cual debe estar compuesto como mínimo de un sistema SCADA, un sistema de información geográfica (GIS) y un servicio de atención telefónica a los usuarios para reportar las fallas en la prestación del servicio. Además, una Telemedición en elementos de corte y maniobra instalados en la cabecera del circuito.

Por último, permiso al Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC) para tener acceso directo a la Base de Datos de Interrupciones registradas en el sistema de Gestión de la Distribución de cada Operador de Red; y un Sistema de Medición y Procedimientos de Registro y Reporte del OR certificados.